El ministro de Hacienda, Nogui Acosta, instó a realizar cambios profundos en el abordaje de la deuda que el Estado mantiene con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS). Según indicó, es urgente una solución estructural y técnicamente fundamentada, que permita enfrentar el problema de forma sostenible y responsable.

Durante una reciente comparecencia, Acosta señaló que la deuda acumulada con la CCSS no puede seguir enfrentándose con medidas paliativas, ya que esto solo prolonga un problema que pone en riesgo tanto las finanzas públicas como la estabilidad del sistema de seguridad social.


Llamado a un análisis técnico y corresponsable

El jerarca hizo un llamado directo a la CCSS para que impulse un análisis técnico integral, con el objetivo de identificar propuestas realistas que permitan garantizar los recursos necesarios sin comprometer otras obligaciones del Estado.

“Este tema requiere corresponsabilidad institucional. No se trata solo de exigir pagos, sino de construir soluciones que no colapsen el presupuesto nacional”, expresó el ministro.


Críticas a decisiones legislativas

Acosta también aprovechó para cuestionar a la Asamblea Legislativa por aprobar leyes que generan obligaciones financieras sin un respaldo presupuestario claro. A su juicio, estas decisiones contribuyen al incremento del déficit fiscal y alimentan la deuda con entidades como la CCSS.

“Cuando se aprueban leyes sin fuente de financiamiento, se crean compromisos que el Ejecutivo no puede cumplir sin afectar otras áreas prioritarias como salud, educación o infraestructura”, advirtió.


Tema clave en la agenda económica

El debate sobre la deuda con la CCSS vuelve a posicionarse como un asunto central en la agenda económica y política del país. Las tensiones entre el Gobierno, el Poder Legislativo y la Caja reflejan la urgencia de llegar a acuerdos que protejan la sostenibilidad del sistema sin agravar el panorama fiscal.


La deuda del Estado con la CCSS supera los ₡2 billones, según estimaciones recientes. Parte de esta corresponde a cuotas obrero-patronales no transferidas, intereses acumulados y obligaciones por leyes especiales.