El próximo viernes 15 de agosto se celebra en Costa Rica el Día de la Madre, uno de los feriados más importantes y de pago obligatorio. Este año, la fecha no se traslada, por lo que se mantendrá ese día.

Según el Código de Trabajo, nadie está obligado a laborar en un feriado, salvo que la persona trabajadora esté de acuerdo.

🔹 Cómo se paga el feriado del 15 de agosto

  • Si no trabaja: Recibe el pago normal del día feriado.
  • Si trabaja: Se paga doble (salario del día + un día adicional).
  • Horas extra en feriado: Se pagan a tiempo y medio doble, es decir, pago triple.

En empresas con pago mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, el feriado ya está incluido en el salario, pero si se labora, igualmente se debe reconocer el pago adicional.

El Ministerio de Trabajo recuerda que no se puede sancionar a una persona por decidir no trabajar un feriado.

📅 Feriados restantes en 2025

  • 15 de agosto (viernes): Pago obligatorio – Día de la Madre.
  • 31 de agosto (domingo): Pago no obligatorio – Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense.
  • 15 de septiembre (lunes): Pago obligatorio – Día de la Independencia.
  • 1.° de diciembre (lunes): Pago no obligatorio – Día de la Abolición del Ejército.
  • 25 de diciembre (jueves): Pago obligatorio – Navidad.