Estados Unidos aplicará un arancel adicional del 12,5% a diversos productos de Costa Rica a partir de la medianoche de este 24 de julio de 2026, como parte de una medida comercial derivada de una investigación sobre la aplicación de prohibiciones a bienes producidos con trabajo forzoso.
La decisión fue anunciada por la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) bajo la Sección 301 de la Ley de Comercio de 1974, que faculta al Gobierno estadounidense a imponer sanciones comerciales cuando considera que existen prácticas que afectan el comercio.
La disposición alcanza a 60 economías investigadas por el USTR y ubica a Costa Rica dentro del grupo que recibirá un arancel del 12,5%, con algunas excepciones contempladas en los anexos del documento oficial.
La medida entra en vigor este 24 de julio
El aviso establece que el arancel se aplicará a las mercancías ingresadas para consumo o retiradas de depósito a partir de las 12:01 a. m. (hora del Este de Estados Unidos) del 24 de julio de 2026.
No obstante, se incluyó una excepción temporal para los productos que ya estuvieran cargados en un buque y en tránsito antes de esa hora, siempre que ingresen al territorio estadounidense antes del 28 de julio.
¿Por qué Estados Unidos impuso el arancel?
Según el USTR, la investigación concluyó que Costa Rica forma parte de las economías que no han impuesto o aplicado de forma efectiva una prohibición a la importación de bienes producidos total o parcialmente con trabajo forzoso.
El organismo estadounidense indicó que esta situación constituye una práctica comercial que considera «no razonable» y que justifica la adopción de medidas bajo la Sección 301.
La acción no señala a un producto específico ni acusa directamente a un sector exportador costarricense de utilizar trabajo forzoso. Más bien, se enfoca en la legislación y en la aplicación de mecanismos para impedir el ingreso de este tipo de mercancías al mercado costarricense.
Costa Rica queda en el grupo del 12,5%
El USTR clasificó a los países investigados en distintos niveles de arancel.
Costa Rica quedó dentro del grupo que enfrentará una tasa del 12,5%, mientras que un grupo reducido recibió un arancel del 10% por contar, según Estados Unidos, con prohibiciones de importación ya establecidas o compromisos asumidos mediante acuerdos comerciales.
Costa Rica no figura entre los países beneficiados con la tarifa reducida.
Comex reacciona al anuncio
Tras conocerse la decisión, el Ministerio de Comercio Exterior (Comex) confirmó que Costa Rica fue incluida dentro del grupo de países afectados y reiteró el compromiso del país con el comercio internacional y los derechos laborales.
La ministra de Comercio Exterior, Indiana Trejos, aseguró que el Gobierno continuará trabajando con las autoridades estadounidenses y con el sector productivo para mejorar las condiciones de acceso al mercado.
«Costa Rica es reconocido por su compromiso con un comercio internacional basado en reglas claras y el respeto a los derechos laborales. Desde Comex continuaremos trabajando de manera coordinada con el sector productivo y las autoridades de los Estados Unidos para mejorar el acceso de los productos nacionales y promover el libre comercio entre ambos países», indicó la jerarca.
El Gobierno había solicitado una exclusión
Antes de la resolución definitiva, Costa Rica presentó gestiones para que sus exportaciones quedaran excluidas de la medida.
El objetivo era mantener las condiciones de acceso preferencial negociadas en el Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y Estados Unidos (CAFTA-DR).
Semanas atrás, la ministra Trejos había destacado que Costa Rica forma parte de las cadenas regionales de suministro que fortalecen la producción estadounidense.
«Costa Rica no busca reemplazar la producción estadounidense, sino reforzarla mediante cadenas de suministro regionales más seguras, diversificadas y competitivas», manifestó.
Algunos productos quedan exentos
Aunque el arancel tendrá un impacto sobre diversas exportaciones costarricenses, no todos los productos estarán sujetos a la nueva tarifa.
Entre las principales exclusiones se encuentran:
- Textiles y prendas de vestir originarios de Costa Rica contemplados en la partida 9903.05.95.
- Café.
- Piña.
- Banano.
- Jugo de naranja.
- Esquejes y semillas de vegetales y frutas.
- Determinados tipos de azúcares refinados.
- Materiales informativos.
- Donaciones.
- Equipaje acompañado.
- Productos sujetos previamente a aranceles bajo la Sección 232.
Estas excepciones también benefician a otros países miembros del CAFTA-DR, como República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua.
Una medida basada en investigaciones comerciales
La decisión forma parte de una estrategia comercial impulsada por la administración del presidente Donald Trump, luego de que la Corte Suprema de Estados Unidos limitara el uso de aranceles generales al considerar que este tipo de medidas requieren autorización del Congreso.
Como alternativa, el Gobierno estadounidense recurrió a investigaciones previas del USTR para justificar nuevos gravámenes dirigidos a sectores o economías específicas.
Según el organismo, los 60 países investigados representan el 99,4% de las importaciones estadounidenses, y las nuevas tarifas buscan incentivar la adopción de medidas más estrictas para impedir el comercio de bienes producidos con trabajo forzoso.
El Gobierno de Costa Rica indicó que continuará el diálogo con las autoridades estadounidenses para procurar que los productos nacionales mantengan condiciones competitivas de acceso al principal mercado de exportación del país.


