Dos funcionarios de la Policía Penitenciaria fueron detenidos luego de que las autoridades encontraran cargadores electrónicos no autorizados entre sus pertenencias cuando intentaban ingresar a dos centros penales ubicados en San Rafael de Alajuela.

Los agentes, identificados con los apellidos Murillo y Grajal, fueron interceptados durante las revisiones de seguridad realizadas en los centros penitenciarios Terrazas y La Reforma, respectivamente.

Tras los hallazgos, ambos funcionarios fueron remitidos a la Fiscalía de Alajuela para enfrentar una investigación por el presunto delito de introducción de dispositivos tecnológicos destinados a la comunicación en establecimientos penitenciarios.

Policías penitenciarios detenidos durante controles de ingreso

El primero de los casos ocurrió en el Centro de Atención Institucional Terrazas, donde los oficiales de seguridad detectaron mediante un escáner dos cargadores electrónicos dentro del maletín de uno de sus compañeros.

Durante la inspección física de las pertenencias, las autoridades localizaron uno de los cargadores oculto en una bolsa.

El funcionario involucrado fue identificado con el apellido Murillo y quedó detenido tras el procedimiento.

En La Reforma encontraron cargadores para relojes inteligentes

El segundo incidente se registró en el centro penitenciario La Reforma, también ubicado en San Rafael de Alajuela.

En este caso, las autoridades encontraron dos cargadores para relojes inteligentes dentro del bolso de un policía penitenciario de apellido Grajal.

De acuerdo con la información del Ministerio de Justicia y Paz, el funcionario tenía autorización para ingresar uno de los dispositivos.

Sin embargo, el segundo cargador, de color negro, no contaba con el permiso correspondiente, lo que motivó la intervención de las autoridades.

Funcionarios podrían enfrentar penas de prisión

La legislación costarricense establece sanciones para quienes introduzcan o intenten facilitar el ingreso de dispositivos de comunicación y sus componentes tecnológicos a centros penitenciarios cerrados sin la debida autorización.

La Ley N.º 10716, que incorporó el artículo 257 quáter al Código Penal, contempla penas de dos a cuatro años de prisión para las conductas que encajen en este delito.

Además, la normativa establece un aumento de un tercio de la pena cuando los hechos sean cometidos por funcionarios públicos u otras personas que cuenten con autorizaciones especiales de ingreso.

La aplicación de estas sanciones dependerá del proceso judicial y de que se determine la responsabilidad penal de los investigados.

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