La reforma bienestar animal Costa Rica presentada por la bancada del Frente Amplio plantea cambios significativos en la legislación nacional. El proyecto de ley, tramitado bajo el expediente 25.645 y liderado por la diputada María Eugenia Román Mora, busca actualizar la Ley de Bienestar de los Animales vigente desde 1994 mediante nuevas obligaciones para propietarios, regulaciones para comercios y criaderos, además de sanciones más severas contra el maltrato animal.
Impuesto del 20% a la venta de mascotas
Uno de los cambios más relevantes de la iniciativa es la creación de un impuesto del 20% sobre la venta de animales domésticos y domesticados.
La propuesta excluye de este tributo a los animales de asistencia y a los aportes voluntarios que se realizan durante procesos de adopción.
Además, el proyecto establece el destino de los recursos obtenidos:
- Un 20% sería asignado al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).
- Un 15% financiaría campañas de castración para el control responsable de la población animal.
Nuevas obligaciones para quienes tengan animales
La iniciativa también amplía las responsabilidades de los propietarios de animales de compañía.
Entre las principales obligaciones destacan:
- Garantizar alimentación adecuada y acceso a atención veterinaria.
- Mantener condiciones de higiene apropiadas.
- Brindar espacios libres de estrés, violencia o maltrato.
- Evitar mantener animales permanentemente atados.
- No permitir que deambulen sin supervisión.
- Respetar límites sobre el tiempo que pueden permanecer solos: hasta dos días consecutivos para animales en general y un máximo de 24 horas en el caso de los perros.
Según la propuesta, estas medidas buscan fortalecer la tenencia responsable y prevenir situaciones de abandono o negligencia.
Regulación para criaderos y comercios
La reforma bienestar animal Costa Rica también endurece los requisitos para los establecimientos dedicados a la reproducción y comercialización de animales.
Entre los requisitos obligatorios figuran:
- Regencia veterinaria.
- Acreditación otorgada por Senasa.
- Patente municipal vigente.
- Cumplimiento de las normas sanitarias correspondientes.
Asimismo, el texto prohíbe exhibir animales en vitrinas, jaulas o espacios reducidos destinados únicamente a su exposición comercial.
Refugios y casas cuna
El proyecto incorpora una regulación específica para refugios y casas cuna.
Las casas cuna podrán registrarse voluntariamente ante Senasa. No obstante, la inscripción será obligatoria cuando reciban animales remitidos por autoridades competentes.
Además, los propietarios dispondrán de tres días hábiles para reclamar animales rescatados. Si se demuestra negligencia, deberán asumir los costos relacionados con alimentación, atención veterinaria y custodia.
Multas de hasta 50 salarios base
El proyecto propone un régimen sancionatorio más estricto al clasificar las infracciones en leves, graves y muy graves.
Las sanciones quedarían distribuidas de la siguiente manera:
- Leves: apercibimientos o multas de 1 a 3 salarios base.
- Graves: multas de 3 a 5 salarios base.
- Muy graves: multas de 5 hasta 50 salarios base.
Entre las infracciones graves se incluyen utilizar animales como premios en rifas, emplear métodos violentos de adiestramiento, mantener perros o gatos en balcones o vehículos y utilizar fauna silvestre en espectáculos.
Por su parte, las infracciones muy graves abarcan provocar intencionalmente la muerte de un animal, organizar peleas, reproducir ejemplares sin regulación, comercializarlos de forma ilegal o aplicar prácticas de selección genética que afecten su bienestar.
Además de las multas económicas, las autoridades podrían ordenar el decomiso de animales, la clausura de establecimientos, la suspensión de acreditaciones e incluso la inhabilitación para realizar actividades relacionadas con animales por un período de hasta diez años.
Animales como seres sintientes
Otro de los cambios relevantes consiste en que el proyecto reconoce expresamente a los animales como seres capaces de experimentar dolor, miedo, angustia, afecto y bienestar.
La iniciativa también fortalece la regulación de los animales de asistencia, garantizando su acceso a medios de transporte, edificios públicos y establecimientos comerciales.
En materia científica, la propuesta exige privilegiar métodos alternativos, como simulaciones y modelos in vitro, cuando sea posible. Además, establece que los experimentos deberán registrarse ante el Ministerio de Ciencia, Innovación, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) y notificarse al Senasa.
Respecto a la fauna silvestre, el texto incorpora un procedimiento para trasladar animales decomisados o rescatados hacia centros autorizados bajo supervisión del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac). La eutanasia únicamente podría aplicarse bajo criterio técnico veterinario.
De aprobarse, el expediente 25.645 modernizaría la legislación costarricense en materia de protección animal mediante nuevas regulaciones para propietarios y comercios, sanciones más severas y un reconocimiento expreso de los animales como seres sintientes.



