La nueva disposición aplicará a los contribuyentes que reciben pagos mediante SINPE Móvil por sus actividades económicas. El incumplimiento podría generar sanciones tributarias.
Los negocios, emprendedores y trabajadores independientes de Costa Rica que utilizan SINPE Móvil para recibir pagos deberán cumplir con una nueva obligación ante el Ministerio de Hacienda.
La institución estableció que los contribuyentes deberán registrar los números telefónicos vinculados a SINPE Móvil que utilicen para cobrar por productos o servicios.
La medida quedó establecida en el Decreto Ejecutivo N.° 45953-H, firmado el 29 de setiembre de 2026 y publicado en el diario oficial La Gaceta el pasado 16 de octubre.
La buena noticia para los contribuyentes es que no tendrán que realizar el trámite inmediatamente, ya que quienes se encuentran inscritos ante Hacienda dispondrán de un plazo de 12 meses, contado a partir de la entrada en vigencia de una resolución que definirá el procedimiento.
¿Quiénes deberán registrar su SINPE Móvil ante Hacienda?
La disposición está dirigida a las personas físicas y jurídicas que utilizan SINPE Móvil como medio de pago en sus actividades económicas.
Esto incluye a comerciantes, emprendedores, profesionales independientes y otros contribuyentes que reciben dinero por la venta de productos o la prestación de servicios.
Por ejemplo, una persona que tiene una pulpería, un salón de belleza, un restaurante o cualquier otro emprendimiento y cobra mediante SINPE Móvil deberá registrar el número telefónico utilizado para esos pagos.
Es importante aclarar que la obligación no se extiende automáticamente a todas las personas que utilizan SINPE Móvil.
Las transferencias personales que no corresponden a una actividad económica no quedan sujetas a esta obligación de registro por el simple hecho de utilizar la plataforma.
¿Cuándo comienza el plazo de 12 meses?
Uno de los aspectos más importantes del decreto es el tiempo disponible para cumplir con el registro.
Aunque la normativa fue publicada el 16 de octubre, el plazo de un año para los contribuyentes ya inscritos no comenzó a correr desde esa fecha.
Primero, la Dirección General de Tributación deberá adecuar sus formularios y sistemas tecnológicos, así como emitir una resolución general que explique el procedimiento.
Para realizar estos ajustes, Hacienda contará con un máximo de tres meses desde la entrada en vigencia del decreto.
Una vez que la resolución entre en vigor, los contribuyentes que ya están inscritos tendrán 12 meses para incorporar sus números telefónicos al Registro Único Tributario (RUT).
¿Cómo se realizará el registro de SINPE Móvil?
La información deberá suministrarse mediante el Registro Único Tributario, administrado por el Ministerio de Hacienda.
Las personas que se inscriban como contribuyentes tendrán que proporcionar los números telefónicos correspondientes, según las reglas que establezca Tributación.
Quienes ya se encuentran inscritos deberán realizar una modificación de sus datos tributarios para incorporar los números utilizados en su actividad económica.
Hacienda todavía deberá establecer los mecanismos específicos para completar este procedimiento.
¿Por qué Hacienda quiere conocer los números de SINPE Móvil?
El Ministerio de Hacienda sostiene que esta medida permitirá mejorar la fiscalización de las actividades comerciales y facilitar la identificación de ingresos sujetos al pago de impuestos.
El crecimiento de los pagos electrónicos es uno de los principales argumentos utilizados para justificar la decisión.
Según los datos incluidos en el decreto, al cierre de mayo de 2026 Costa Rica contabilizaba aproximadamente 4,8 millones de suscripciones activas a SINPE Móvil.
Además, durante 2025 se realizaron transacciones por alrededor de ₡12,5 billones mediante esta plataforma.
Hacienda reconoce que una parte importante de esas operaciones corresponde a transferencias personales y no necesariamente a actividades lucrativas.
Sin embargo, considera necesario identificar los medios de pago utilizados por los contribuyentes para fortalecer los controles tributarios.
¿Habrá multas por no registrar el SINPE Móvil?
Sí. El decreto contempla consecuencias para quienes incumplan la obligación una vez vencidos los plazos establecidos.
La normativa remite a las sanciones previstas en el artículo 83 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, relacionado con el incumplimiento de deberes de suministro de información.
Por ese motivo, los contribuyentes deberán mantener actualizados los números telefónicos que utilizan para recibir pagos comerciales.
No obstante, estas sanciones no se aplican de manera inmediata por la simple publicación del decreto, pues primero deben cumplirse los plazos correspondientes.
¿Hacienda cobrará un nuevo impuesto por utilizar SINPE Móvil?
La nueva disposición no establece un impuesto adicional por enviar o recibir transferencias mediante SINPE Móvil.
Su objetivo es crear una obligación de información para quienes utilizan la plataforma en actividades económicas.
Esto significa que el decreto no convierte automáticamente todas las transferencias electrónicas en ingresos sujetos al pago de impuestos.
La obligación de declarar y pagar tributos dependerá de la naturaleza de la actividad económica y de las disposiciones fiscales aplicables.
¿Qué deben hacer los comerciantes y emprendedores?
Por ahora, lo recomendable es identificar cuáles números telefónicos utilizan para recibir pagos relacionados con sus negocios.
También es importante mantenerse atentos a la resolución que emitirá la Dirección General de Tributación, donde se explicarán los pasos y requisitos para completar el trámite.
El Ministerio de Hacienda señala que la información recopilada estará protegida por las disposiciones de confidencialidad tributaria y la normativa vigente sobre protección de datos personales.
En resumen, quienes utilizan SINPE Móvil para cobrar por sus actividades económicas deberán registrar esos números ante Hacienda, pero los contribuyentes ya inscritos tendrán un plazo de 12 meses a partir de la entrada en vigor de la resolución que reglamente el procedimiento.


