Una propuesta presentada por la fracción legislativa del Frente Amplio busca modificar de manera significativa la legislación sobre bienestar animal en Costa Rica. Entre los principales cambios figura la creación de un Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 20% sobre la venta de animales domésticos y domesticados, así como nuevas reglas para su cuido y un régimen de sanciones más estricto.

La iniciativa, tramitada bajo el expediente 25.645, pretende actualizar la Ley de Bienestar de los Animales, vigente desde 1994, con el objetivo de reforzar la protección de los animales de compañía y regular actividades como la reproducción, comercialización y rescate.

¿Qué animales pagarían el nuevo impuesto?

El proyecto establece que el impuesto aplicaría a la venta de animales domésticos y domesticados. Sin embargo, quedarían exentos los animales de asistencia y los aportes voluntarios realizados durante procesos de adopción en refugios, albergues o casas cuna.

De aprobarse la iniciativa, parte de la recaudación tendría un destino específico:

  • El 20% sería asignado al Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa).
  • El 15% financiaría campañas de castración desarrolladas por Senasa o entidades colaboradoras.

Nuevas obligaciones para quienes tienen mascotas

La reforma también incorpora mayores responsabilidades para las personas propietarias o responsables de animales de compañía.

Entre las principales disposiciones se encuentran:

  • Garantizar alimentación, agua, higiene, atención veterinaria y un entorno seguro.
  • Evitar que los animales permanezcan atados de forma permanente.
  • Prohibir que deambulen solos en espacios públicos.
  • Impedir que permanezcan sin atención durante más de dos días consecutivos. En el caso de los perros, el límite sería de 24 horas.

Además, se establecen nuevas reglas para criaderos y comercios dedicados a la reproducción y venta de animales, los cuales deberán contar con supervisión veterinaria, acreditación del Senasa, patente municipal y cumplir requisitos sanitarios.

Multas de hasta 50 salarios base

El proyecto clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves.

Las sanciones económicas serían las siguientes:

  • Leves: apercibimiento o multas de uno a tres salarios base.
  • Graves: multas de tres a cinco salarios base.
  • Muy graves: multas de cinco hasta 50 salarios base.

Entre las conductas consideradas graves destacan utilizar métodos violentos para educar animales, mantener perros o gatos permanentemente en balcones, azoteas, patios, sótanos o vehículos, así como entregar animales como premios.

Las infracciones muy graves incluirían causar la muerte de un animal, organizar peleas, reproducir animales sin autorización del Senasa, comercializarlos ilegalmente o aplicar procesos de selección genética que afecten su salud.

También contempla cierre de establecimientos

Además de las multas económicas, las autoridades podrían ordenar:

  • El decomiso o intervención de animales.
  • La clausura temporal o definitiva de establecimientos.
  • La suspensión de acreditaciones.
  • La inhabilitación para desarrollar actividades relacionadas con animales por hasta 10 años, dependiendo de la gravedad de la falta.

El proyecto también abre la posibilidad de imponer cursos obligatorios sobre bienestar animal, trabajos comunales e incluso valorar la cancelación del permiso de portación de armas de la persona sancionada.

Protección para animales de asistencia y cambios en investigación científica

La propuesta reconoce expresamente que los animales son seres capaces de sentir dolor, miedo, angustia y bienestar.

Asimismo, garantiza el acceso de los animales de asistencia junto con sus usuarios a medios de transporte, establecimientos y espacios públicos.

En el ámbito científico, establece que antes de utilizar animales en investigaciones deberán analizarse alternativas como simulaciones por computadora, modelos matemáticos o sistemas biológicos in vitro. Además, los experimentos deberán registrarse ante las autoridades competentes y notificarse al Senasa.

Finalmente, el proyecto incorpora reglas para el manejo de animales silvestres rescatados o decomisados y limita la eutanasia únicamente a casos respaldados por un criterio técnico y científico veterinario.